Régimen Especial (VPO y VPP).
Los ingresos máximos para optar a este tipo de vivienda se han fijado en 2,5 veces el IPREM (similar al Salario Mínimo Interprofesional).
Régimen General (VPP).
Los ingresos máximos para optar a este tipo de vivienda se han fijado en 4,5 veces el IPREM (similar al Salario Mínimo Interprofesional).
Precio Concertado (VPP).
Los ingresos máximos para optar a este tipo de vivienda se han fijado en 6,5 veces el IPREM (similar al Salario Mínimo Interprofesional).
Régimen Autonómico (VPP).
Los ingresos máximos para optar a este tipo de vivienda se han fijado en 6,5 veces el IPREM (similar al Salario Mínimo Interprofesional).
Asimismo, contempla ayudas para los compradores cuyos ingresos no superen 3,5 veces el IPREM (similar al Salario Mínimo Interprofesional).