Ayudas del Gobierno de Cantabria
Van dirigidas a los propietarios o inquilinos de las viviendas que impulsen y financien las obras de rehabilitación de viviendas y edificios, tanto a nivel individual como de comunidad de propietarios.
1) Subvenciones. Se regulan tres actuaciones:
a) Rehabilitación de Viviendas: obras interiores de adecuación y mejora de las condiciones básicas de habitabilidad (instalaciones, accesibilidad, servicios sanitarios y cocinas, electricidad, saneamiento y fontanería, calefacción, ventilación, aislamiento, etc.).
Estas ayudas son del 25% del presupuesto de rehabilitación, con un límite de 2.500 euros, que se eleva a 3.400 euros para los mayores de 65 años y discapacitados. Esas cantidades pueden incrementarse hasta un máximo de 6500 euros, cuando la vivienda se va a destinar al alquiler durante un plazo mínimo de 5 años.
b) Rehabilitación de Edificios: recoge el resto de las obras (accesos, protección frente a incendios, estanqueidad frente a la lluvia, seguridad estructural, etc.).
Estas ayudas solicitadas por la comunidad de propietarios tienen una cuantía del 10% del presupuesto de rehabilitación, con un límite de 1.100 euros por vivienda o local. A esta ayuda se le puede añadir una subvención adicional del 15% del presupuesto protegido, con un máximo de 1.600 euros para los mayores de 65 años y discapacitados.
c) Rehabilitación de viviendas unifamiliares aisladas: La subvención es la que corresponda al tipo de obras realizadas (de viviendas, si son obras interiores, y de edificios, si son obras en elementos exteriores como el tejado y la fachada).
2) Préstamos convenidos y Subsidiación:
Para hacer frente a la rehabilitación se puede solicitar un préstamo convenido de hasta 15 años, y si tus ingresos no superan los 6,5 veces el IPREM tiene una ayuda de 140 euros al año por cada 10.000 euros de préstamo..
Una advertencia: Es necesario no haber comenzado las obras de rehabilitación para poder optar a la ayuda.
Las concesiones de estas ayudas se gestionan en: